Nuevo protocolo de Bioseguridad para el inicio de clases

Nuevo protocolo de Bioseguridad para el inicio de clases

PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE INSTRUCCIÓN AERONÁUTICO (CIA) Y CENTRO DE ENTRENAMIENTO AERONÁUTICO (CEA)

ARTICULO 35. Los estudiantes en todo momento deberán estar previstos de elementos de protección personal, respetar el distanciamiento físico, mantener las medidas de higiene establecidos en caso de clases presenciales.

La instrucción teórica se deberá impartir a distancia mediante el uso de la tecnología disponible, siguiendo los protocolos dictados por la Autoridad Aeronáutica.

Evitar clases o reuniones para la instrucción en grupos en espacios donde se garantice el distanciamiento físico entre personas.

ARTICULO 36. Cada alumno piloto e instructor deberán mantener colocado los elementos de protección personal adecuados y aprobados por el Ministro del Poder Popular para la Salud, utilizar métodos de asepsia antes de entrar a la aeronave para prevenir y limitar el tiempo de intercambio o contacto físico, evitar reuniones en grupos en donde no se pueda garantizar el distanciamiento físico entre personas, para lo que se dispone que la instrucción se programe para ser impartida en grupos que no exceden de diez (10) personas.

ARTICULO 37. El personal encargado de realizar las inspecciones (auditorias, vigilancias), deberán mantener colocado los elementos de protección personal adecuados y aprobados por el Ministro del Poder Popular para la Salud, llevar material mínimo necesario para realizar la actividad de supervisión (libreta, guías, lápiz, pendrive), con la finalidad de pertenecer el tiempo estrictamente necesario.

APÉNDICE C

CENTROS DE INSTRUCCIÓN AERONÁUTICO (CIA) Y CENTRO DE ENTRENAMIENTO AERONÁUTICO (CEA)

Sección 3. Medidas Especiales para CIA-CEA

Sección 3.1 Actividades en aula:

a) Los estudiantes en todo momento deberán usar tapa boca.

b) Respetar el distanciamiento físico, siendo este de 1,5 metros entre personas.

c) Mantener la higiene de lavado de manos.

d) Se implementará la instrucción teórica a distancia mediante el uso de tecnología disponible, siguiendo las recomendaciones de la Autoridad Aeronáutica.

e) Evitar reuniones en grupos en donde no se pueda garantizar el distanciamiento físico entre cada persona.

Sección 3.2 Personal administrativo, Instructores de los CIA/CEA:

a) Para practicar el distanciamiento físico se requiere que el personal administrativo, e instructores permanezcan a 1,5 metros de distancia de otras personas y entre los puestos de trabajo evitando contacto libre.

b) Optimizar la ventilación del lugar y el cumplimiento de las condiciones higiénicos sanitarias.

c) Se deberán fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos de consumo de uso habitual.

Sección 3.3 Para realizar entrenamiento dentro de las Aeronaves:

a) Cada alumno piloto e instructor deberán mantener colocado el tapa boca, al igual los guantes y lentes adecuados.

b) Utilizar métodos de asepsia antes de entrar a la aeronave.

c) Al culminar el entrenamiento, deben evitar permanecer dentro de la aeronave para prevenir el intercambio físico de trabajo.

d) Evitar reuniones en grupos en donde no se pueda garantizar el distanciamiento físico entre cada persona, no mayor de 10 personas.

Sección 3.4 Los Centros de Instrucción Aeronáutica y Centros de Entrenamiento Aeronáutico deberán efectuar con más frecuencia la limpieza de rutina de los simuladores de vuelo, dispositivos de instrucción y otros elementos auxiliares, así como de los equipos que se utilizan durante la instrucción.